Recurso de apelación en divorcio: pros y contras
Si no está de acuerdo con la sentencia de divorcio y quiere apelarla, tenga en cuenta estos consejos sobre el recurso de apelación en divorcio.
Hay no poca confusión respecto a las cuestiones que tienen que ver con el recurso de apelación en divorcio, así que se me ha ocurrido que la mejor forma de aclararlas en a partir de una serie de preguntas que habitualmente se nos hace a los abogados de familia con respecto a este tema, así como sus respuestas.
1) ¿Se puede interponer recurso de apelación en divorcio?
Sí, siempre y cuando el divorcio haya sido contencioso. Si la sentencia recaída lo es en un divorcio de mutuo acuerdo o express, no cabe apelación, ya que previamente se supone que habremos dado nuestro consentimiento a que la sentencia sea la solicitada en nuestro escrito conjunto de demanda.
2) ¿Qué plazo hay para presentar la apelación?
El recurso de apelación en divorcio tiene un plazo de veinte días hábiles a contar desde el momento en que la sentencia de primera instancia fue notificada. El primer día es el siguiente a la notificación, y al tratarse de días hábiles no se computan ni sábados ni domingos ni festivos, y también tiene la consideración de inhábil el mes de agosto.
3) ¿Cómo se efectúa la apelación?
En esencia es un escrito que se presenta al juzgado que dictó la resolución en el cual el abogado que le representa indica con qué parte de la sentencia no está de acuerdo y en base a qué razones y pruebas las conclusiones de ésta debieran ser diferentes.
4) ¿Y qué pasa después?
Se le da traslado de ese recurso de apelación en divorcio a la otra parte, a fin de que o bien se oponga a dicho recurso (interesando que se se mantenga como está la sentencia) y bien a su vez apele la misma (si es que tampoco está de acuerdo con ésta)
5) ¿Se celebra un nuevo juicio?
No, salvo que alguna de las dos partes lo solicite o excepcionalmente se permita la realización de una prueba que se denegara en primera instancia y que requiera de la celebración de vista oral. Lo normal en el noventa y bastantes por ciento de los casos es que una vez ambos escritos se presentan en el juzgado, éste remita los autos al órgano superior (la audiencia provincial) y ésta a su vez dicte sentencia ratificando la de primera instancia o rectificándola si procede
6) ¿Esa nueva sentencia es apelable?
Salvo casos muy raros, no
7) ¿Cuánto tarda en dictarse sentencia tras recurso de apelación en divorcio?
Fluctúa mucho en función de las salas. Lo normal es un periodo de unos cuatro meses.
8) ¿Cuánto suele costar un recurso de éstos?
Muchos letrados piden por el recurso de apelación en divorcio la mitad de lo que han cobrado en primera instancia (si le cobraron 1000 euros por el divorcio, calcule unos 500). El procurador también le pedirá una cantidad inferior a la de primera instancia (en torno a los 80-90 euros). Otros despachos percibimos una cantidad fija (en Abogado Divorcio Tenerife cobramos 300 euros por todo el trámite).
Además, deberá pagar una tasa de 50 euros a la administración.
9) ¿Me pueden condenar en costas si pierdo el recurso?
Poder, podrían, pero no es habitual que condenen en costas en casos de divorcio y de familia en general (salvo temas de modificación de medidas o de demandas ejecutivas por impago)
10) ¿Qué porcentaje de apelaciones consiguen modificar la sentencia de divorcio?
En torno a un 10-15 por ciento. Hemos de partir de la base de que los magistrados de la audiencia ni estuvieron presentes el día del juicio si saben nada de su procedimiento salvo lo que esté en los papeles aportados, por lo que van a dar por buenos las apreciaciones y juicios de valor del juez de primera instancia. Personalmente sólo recomiendo interponer un recurso de apelación en divorcio cuando, aceptados como buenos los hechos que relata el juez, la interpretación jurídica a la que llega es errónea.