En las relaciones afectivas de pareja, hay etapas que nos llevan a la ruptura de la relación, pero esto no necesariamente tiene que ser definitivo.
Por desavenencias, por mala convivencia, por situaciones económicas adversas, por influencia de terceros e incluso por enfermedad, muchos matrimonios acaban su relación en los Juzgados de Familia solicitando la disolución del mismo a través del procedimiento de Divorcio. Pero pasan los años y dichas dificultades desaparecen en el tiempo, y descubren que lo que un día los unió sigue latente a pesar de todo. Es en ese momento cuándo se preguntan ¿Qué hacemos divorciados?.
Algunos de ellos optan por volver a celebrar matrimonio civil, bien porque les hace ilusión el volver a casarse, o bien porque desconocen que existe un procedimiento judicial que deja sin efecto la Sentencia de Divorcio que se dictó en su día.
La figura del procedimiento Reconciliación Judicial, está pensada para aquellos casos en los que el matrimonio divorciado manifiesta su deseo de que quede sin efecto la disolución que en su día se practicó del mismo. Es decir, que el Divorcio sea nulo y se decrete la reconciliación.
En FM Abogados Tenerife no podemos negar, que cuando en el despacho se nos presenta un tema de reconciliación judicial, la sonrisa nos llega de oreja a oreja, porque nuestro trabajo es realizar cuantas gestiones nos encargan nuestros clientes, pero de lo que no cabe duda es que, se siente más satisfacción profesional reconciliando que divorciando.
Cierto es, que muchas parejas optan por la Reconciliación porque los menores hijos de ambos no se han adaptado a la situación de Divorcio y, en aras de mejorar su seguridad y bienestar, la expareja acuerda volver a estar unida judicialmente aunque sea de manera provisional, hasta que estén seguros de que el menor aceptaría con naturalidad una situación de Divorcio de sus padres.
A nosotros nos satisface más aquellas situaciones en las que los clientes nos manifiestan, que han limado sus asperezas, que ese familiar que influyó en su divorcio ya no se encuentra entre ellos, o meramente porque el tiempo les ha hecho madurar y considerar que aún se quieren como pareja y que desean continuar su relación, pero las circunstancias de cada pareja son excepcionales de cada pareja y los abogados estamos para mediar y ayudar en lo posible y evidentemente para lo que se nos encomiende.
En el procedimiento de Reconciliación Judicial, hay que aportar como documentación la Sentencia de Divorcio Testimoniada, esto quiere decir, que ha de solicitarse una copia compulsada de la misma en el Juzgado de Tenerife que la dictó en su día para que el abogado pueda interponer la solicitud de Reconciliación Judicial en el mismo juzgado que dictó el divorcio.
Una vez presentada la demanda, el juzgado mediante Auto decretará la Reconciliación Judicial y mandará atento oficio al Registro Civil donde estuviera registrado el matrimonio, para que quede constancia de dicha Reconciliación como nota al margen.
Infórmese sobre Reconciliación Judicial en FM Abogados Tenerife, donde nos pondremos a su disposición para aclararle todas aquellas dudas que tenga al respecto.