Pensión por hijo no deseado, derechos y obligaciones:
Con cierta regularidad nos encontramos en Abogado Divorcio Tenerife con situaciones como la del encabezado: una pareja -casada o no- mantiene relaciones y , mediando engaño o no, la mujer queda embarazada y decide tener el bebé pese a la oposición del padre. En ocasiones porque se hace creer que se están utilizando métodos anticonceptivos, en ocasiones porque estos fallan, en ocasiones porque éstos meramente no se utilizan, llega un embarazo que sólo es deseado por una de las dos partes.
A veces tras el embarazo hay una pareja consolidada, incluso un matrimonio, pero las más de las veces estamos hablando de parejas de hecho, novios o meras parejas ocasionales o de una noche. En cualquier caso, y entrando en el apartado jurídico, la pregunta es ¿el padre vendrá obligado a pagar una pensión por hijo no deseado?
Si tuviéramos que buscar argumentos en favor del no respecto a la anterior pregunta, podríamos fácilmente aducir que si una persona (el padre, en este caso) no quiere tener un hijo y la legislación permite abortar, es hasta cierto punto injusto que se vea forzado a asumir una responsabilidad de por vida por lo que no deja de ser una decisión unilateral de la madre.
Pero el hecho cierto es que el padre sí está obligado a pasar una pensión por hijo no deseado. Y el razonamiento jurídico para ello es sencillo: por encima de los derechos del padre están los derechos del recién nacido, por lo que no se puede desproteger a un niño alegando que su padre -tras coadyuvar a concebirlo- no deseaba su ingreso en el mundo.
De hecho, incluso si la madre del bebé firma un documento por el que exime al futuro padre de cualquier responsabilidad respecto del niño, la misma sería considerada nula, por la misma razón anteriormente expuesta: nadie puede disponer o renunciar respecto de los derechos de otra persona, máxime si ésta está necesitada de protección.
Por tanto, siempre deberá pagarse pensión por hijo no deseado si ésta es requerida por la madre (o incluso por el propio hijo cuando tenga la edad suficiente para ello). Cosa distinta es que el padre haga uso de su derecho de visitas o vacaciones respecto del recién nacido. Obviamente no se puede obligar a nadie a integrar en su vida a alguien a quien no quiere cerca, pero deberá pagar una pensión alimenticia acorde a sus ingresos y las necesidades del niño, con independencia de que en algunos casos y tomando como base meramente cuestiones morales podamos tener nuestra propia opinión al respecto. El hecho cierto es que al juez le suele dar igual si ha mediado engaño para conseguir la concepción o se ha instrumentalizado al padre con el único objetivo de garantizar la procreacion y la posterior pensión de alimentos. En este sentido, y como consejo fruto más de la experiencia que de la titulación, si no quiere pagar pensión por hijo no deseado no dé por hecho que su pareja está utilizando métodos anticonceptivos y úselos usted.