El Ministerio Fiscal, razón de ser
Empecemos por una perogrullada: en un juicio hay al menos dos partes enfrentadas, dos personas o entidades jurídicas con intereses distintos y normalmente contrapuestos. En un juicio cada parte, pertrechada con su abogado y su procurador, intenta convencer al juez de que su postura y pretensiones son las más adecuadas a derecho.
Es un sistema que funciona, o al menos parece justo: cada parte tiene las mismas oportunidades de defender sus intereses y hacerse oír. Pero, ¿qué sucede si alguien que se verá afectado por la sentencia que se dicte en dicho juicio no tiene la posibilidad de que nadie vele por sus intereses?. En procedimientos de familia tales como la separación, el divorcio o la guarda y custodia los padres dejan patente sus pretensiones y preferencias, pero los hijos menores de edad no tienen la posiblidad de hacer llegar al juez su propio planteamiento, o cuanto menos conseguir que las posturas de sus progenitores no mermen su calidad de vida futura.
Precisamente para evitar esa indefensión es preceptivo en procedimientos de divorcio y guarda y custodia con hijos menores de edad la intervención del Ministerio Fiscal. Su función es, tal como indicábamos, participar en el juicio para salvaguardar los intereses de los menores, tanto si éstos coinciden con los de sus padres como si no. El Ministerio Fiscal analizará la predisposición de los padres a atender a su hijo, velará para que los calendarios de visitas sean lo más justos posibles y trastoquen en la menor medida el día a día de los niños, y sobre todo buscará garantizar que a los menores no les faltará sustento, techo y educación.
Cómo interviene el Ministerio Fiscal
En procedimientos de divorcio y guarda y custodia, cuando existen hijos menores, el Ministerio Fiscal recibe una copia de la demanda. En casos de que la misma sea contenciosa, tiene un plazo para contestarla. Si se trata de una demanda de mutuo acuerdo, su intervención se circunscribe a constatar que el convenio regulador no incluye ninguna cláusula que perjudique a los menores.
En casos de procedimiento contencioso, el día del juicio el Ministerio Fiscal se persona como una parte más, centrando su intervención, preguntas y conclusiones en los intereses de los hijos. Obviamente su participación es muy importante desde el punto de vista del resultado, ya que si el ministerio público llega a la conclusión -por ejemplo- de que los hijos comunes estarán mejor con la madre que con el padre, amén de interesarlo al juez tratará de que la pensión de alimentos que perciba la madre sea lo mayor posible, así como que los niños no cambien de techo otorgándole el uso y disfrute del domicilio conyugal a la progenitora. Por nuestra experiencia, además, en Abogado Divorcio Tenerife podemos asegurar que en un porcentaje abrumador de ocasiones la sentencia de divorcio o guarda y custodia acaba siendo muy parecida a la posición que adopte el Ministerio Fiscal, por lo que los abogados de familia en muchos casos nos concentramos en convencer tanto al juez como al ministerio público.