– La situación en casa es insostenible. ¿Me perjudica en algo si me voy de casa antes de poner la demanda de divorcio?
Es una situación difícil de gestionar: la relación sentimental se ha roto, el matrimonio no tiene solución y en la pareja van apareciendo los reproches, cada vez más frecuentes y virulentos hasta que la convivencia se convierte en una batalla campal. En ese estado de cosas, es normal que uno de los dos se plantee si debe abandonar la vivienda antes de que todo pase a mayores, máxime si se tiene idea de interponer una demanda de divorcio durante la tramitación del cual es de prever que los problemas de convivencia vayan a más.
Pero claro, entonces surgen las lógicas dudas: si me voy de mi casa antes de que exista una sentencia de divorcio, ¿eso puede considerarse abandono de hogar?, ¿debo llevarme a mis hijos conmigo, o eso sería secuestro?, ¿pierdo mis derechos sobre mi casa si ahora me marcho?
Lo ideal es analizar cada caso concreto antes de responder a estas preguntas, pero en Abogado Divorcio Tenerife sí nos gustaría darle algunos consejos al respecto. Para empezar, lo ideal sería no irse de la vivienda hasta como mínimo no haber interpuesto la demanda de divorcio. Comente con su abogado la posibilidad de solicitar con carácter previo o conjunto con la demanda de divorcio la adopción por el juzgado de unas medidas provisionales. Las mismas vienen a ser una sentencia provisional que entre otros aspectos indica quién se ha de quedar en la casa mientras dure el propio procedimiento de divorcio principal. En la mayoría de juzgados de Tenerife desde que se piden esas medidas hasta que se conceden no suele pasar más de dos meses.
Si considera que no va a poder aguantar esos dos meses, tenga presente una serie de cuestiones sobre el abandono de familia. Para que se considere delito es preciso que quien abandona el hogar desatienda sus obligaciones para con su familia y permanezca en ignorado paradero. Esto es, si se va sería vital que siguiera atendiendo cuanto menos las obligaciones económicas y de alimentos para con las personas que dependan de usted, y que dejara indicado de forma expresa y acreditable el domicilio al que se va (bien mediante burofax a su cónyuge o comparecencia en la comisaría de policía más cercana). No le recomendamos bajo ningún concepto que se lleve a sus hijos a otro sitio sin el consentimiento de su marido/esposa, salvo que exista una situación de violencia de género y proceda a denunciarla.
En cuanto a sus derechos sobre la vivienda conyugal, los de propiedad no los perdería -si el piso se compró estando casados es de los dos (en Tenerife rige el régimen de gananciales por defecto)- pero es posible que el abogado del cónyuge que permaneció en la casa alegue que se pactó que era usted quien renunciaba al uso y disfrute del piso o casa. No sería en cualquier caso algo irreversible, pero sí que es cierto que por nuestra experiencia como abogados de divorcios en Tenerife el cónyuge que se va de la vivienda conyugal tiene más complicado hacerse con el uso que el que se queda.