Consecuencias del divorcio: ¿Qué cambia a partir de ahora?
Normalmente a través del divorcio buscamos romper los lazos jurídicos con nuestro cónyuge, clarificar todo lo relativo a la custodia de los hijos y -en ocasiones- tener el camino libre para volvernos a casar con otra persona. Estas y otras son las consecuencias del divorcio
Las consecuencias del divorcio suelen ser muchas y de gran importancia. Algunas las tenemos presentes -de hecho. probablemente sean las que nos han empujado a dar el paso-, otras no tanto. Vamos a intentar explicar las más habituales:
Respecto del estado civil: Una de las consecuencias del divorcio más reseñable es que éste cambia nuestro estado civil de casados a divorciados, cambio que será apuntado en el Registro Civil de la población donde nos casamos a fin de podernos volver a casar si lo deseamos.
En lo tocante a la convivencia: Una de las más obvias consecuencias del divorcio es que dispensa a la pareja de la obligación que establece el código civil de vivir juntos. La sentencia de divorcio permite que cada cual resida donde tenga a bien, sin más obligación que comunicar al otro la nueva dirección para el caso de que tuvieran hijos menores en común.
Con relación a nuestros hijos: Así como es lo más habitual que conservemos la patria potestad sobre nuestros hijos menores, el divorcio puede alterar nuestra titularidad de la guarda y custodia de los mismos, de tal manera que cuando corresponda que los niños estén bajo la tutela de nuestra expareja nosotros quedamos eximidos de los derechos y obligaciones dimanantes de la misma. En muchas ocasiones esa exención de responsabilidad viene contrarrestada con la obligación de pagar una pensión alimenticia.
El uso de la vivienda conyugal, el coche…: Nótese que estamos hablando del uso y no de la propiedad, ya que son dos cosas distintas. Otra de las consecuencias del divorcio es que obviamente no puede el otrora matrimonio seguir viviendo juntos, por lo que se le tiene que atribuir el uso del domicilio conyugal a uno de los dos. El elegido suele ser quien ostente la guarda y custodia de los menores, a fin de que éstos no se encuentren de golpe viviendo en un entorno desconocido. Más sencillo suele ser el reparto de los vehículos, sobre todo en parejas donde cada miembro suele tener su propio coche.
La extinción y liquidación del régimen de gananciales: Estas son dos consecuencias del divorcio que se suelen confundir pero que en esencia son muy diferentes. Cuando un matrimonio en régimen de gananciales (que es el que predomina en toda España, a excepción de Catalunya) se divorcia, automáticamente se extingue la sociedad de gananciales. Quiere esto decir que los bienes que compren en lo sucesivo y las deudas que contraigan serán privativos. Por su parte, la liquidación de la sociedad de gananciales implica repartir las propiedades y deudas que tuviera el matrimonio, El divorcio siempre extingue la sociedad de gananciales, pero no es preciso liquidar la misma y la expareja puede limitarse a atribuir el uso de los bienes, como veíamos antes, y esperar un tiempo hasta proceder a la liquidación.