Compartir casa tras divorcio (dividiendo la vivienda)
¿Se puede compartir casa tras divorcio, bien separando por plantas o zonas de la vivienda al marido y la mujer, bien alternando semanalmente la estancia?
Lo normal tras un divorcio es que la expareja no quiera volver a verse ni en pintura más allá de lo estrictamente indispensable, pero en ocasiones los excónyuges llegan a plantearse incluso compartir casa tras divorcio. Esta opción se puede materializar de dos maneras, a saber:
- Compartimentando la vivienda, y asignando una zona al marido y otra a la mujer. Es una opción en casos de viviendas grandes o que permitan la división horizontal, como casas o dúplex.
- Alternando la estancia en la casa. Es una forma relativamente reciente de compartir casa tras divorcio, y se emplea en casos de matrimonio con hijos que optan por la custodia compartida. La idea es que los niños no se muevan de la vivienda, y son los progenitores los que por semanas, quincenas, o meses, alternan otro piso con el domicilio conyugal.
Estas dos formas de compartir casa tras divorcio tienen connotaciones que podemos catalogar de sociológicas y otras estrictamente jurídicas. Empecemos por éstas últimas:
En principio nada impide que una pareja que se divorcia pueda compartir vivienda. Con el divorcio desaparece la obligación de vivir juntos, pero en absoluto esto entraña a su vez la necesidad de poner metros de por medio. Por lo tanto, salvo que existan órdenes de alejamiento o existan hechos que acrediten que dicha coexistencia daña de alguna manera a los hijos menores, nada obsta a que compartan el uso y disfrute de la vivienda conyugal.
Cosa distinta es que con el divorcio se proceda a una liquidación de la sociedad de gananciales. En este caso lo normal es que la división de la vivienda se lleve a cabo de forma registral (lo que se conoce como segregación) y en este caso se exigirá que la casa reúna una serie de características (como por ejemplo disponer ambas plantas de una entrada individual)
Lo mismo cabe decir respecto a la segunda fórmula para compartir casa tras divorcio: a nivel jurídico no tendremos problemas para que un juez autorice a que los padres se alternen en la ocupación de la vivienda. Eso sí, ha de quedar claro que tanto en este supuesto como en el anterior nos venimos refiriendo a divorcios de mutuo acuerdo o amistosos, ya que en los contenciosos -salvo que la casa sea realmente grande o el juez perciba una buena sintonía en la pareja- raro será que el juez corra el riesgo de autorizar una coexistencia bajo el mismo techo que pueda acabar derivando en alguna tragedia.
Sólo añadir, más por experiencia de años que por conocimientos jurídicos, que así como la primera de las dos soluciones puede tener alguna viabilidad en el tiempo, la segunda suele acabar en desastre, ya que aunque en teoría queda muy bonito lo de que el niño no se mueve de casa y nosotros entramos y salimos, a los pocos meses empezarán los roces, que irán desde el que deja la nevera vacía al marchar hasta el que hace un consumo exagerado de luz o no limpia el baño, eso por no hablar del momento en que uno o dos de los excónyuges aparece con su nueva pareja.
Por todo ello, salvo que realmente no les quede otra opción, no es una buena idea compartir casa tras divorcio.