Apelar la sentencia de divorcio, entre lo deseable y lo posible.
¿Se puede apelar la sentencia de divorcio? Le explicamos qué trámites se han de seguir, qué plazo existe, qué posibilidades tiene y cuánto le cuesta.
Pongámonos en situación: nos notifican una sentencia de divorcio y parte de la resolución (o toda) no nos parece justa, y en consencuencia nos planteamos recurrirla y así se lo hacemos saber a nuestro abogado. Ahora bien, a la hora de apelar la sentencia de divorcio hay una serie de cuestiones que hemos de tener en cuenta.
En primer lugar, hemos de aprender a distinguir lo que nos conviene y lo que dice la ley. Hay ocasiones en que -por vivir el asunto en primera persona- tendemos a considerar una resolución como injusta valorándola únicamente desde nuestra perspectiva, cuando el juez- que puede estar más o menos acertado- se ve forzado a tener una visión global de los hechos. Quiero decir con esto que aunque no nos guste lo que pone la resolución judicial, es bueno pedirle a nuestro abogado que nos responda de manera sincera sobre las posibilidades de éxito a la hora de apelar la sentencia de divorcio. Si su letrado es honesto (pese a la fama que tenemos la mayoría lo somos), antepondrá la sensatez al propio interés de cobrar por la interposición de un recurso.
El plazo para apelar la sentencia de divorcio es de veinte días hábiles desde que se notifica al procurador. No cuentan, por tanto, sábados, domingos, festivos ni el mes de agosto. Puede recurrir una de las partes o las dos, presentando un escrito motivado en el cual se detalla con qué parte de la sentencia no se está de acuerdo y por qué motivos. Dicho recurso ha de ir firmado por abogado y procurador, y se presenta en el mismo juzgado que dictó la sentencia, el cual lo pasa a un órgano superior (la audiencia provincial).
Una vez en la audiencia, en un plazo medio de seis meses (al menos en Tenerife) y sin necesidad de celebrar un nuevo juicio, se dicta sentencia en la cual se confirma la de primera instancia o bien se rectifica alguno de los puntos contenidos en la misma. Normalmente en sentencias dictadas en procedimientos de familia no suele haber condena en costas, aunque evidentemente acudir a esta segunda instancia implica unos gastos en abogado y procurador propio que normalmente suelen calcularse dividiendo por dos los de la primera instancia.
Por nuestra experiencia de más de veinte años les diré que apenas una de cada diez resoluciones son modificadas en segunda instancia, por lo que para apelar la sentencia de divorcio hay que ser bastante cautos y analizar caso por caso: ver si existen errores, incongruencias, desequilibrios patentes entre ambas partes, pruebas cuya práctica no se ha permitido en primera instancia, antecedentes de tribunales superiores en un sentido distinto al de la sentencia, etc. Recurrir sólo por ver si suena la flauta normalmente suele acarrear pagar un sobrecoste para obtener una sentencia idéntica a la que ya se tenía.